Parte II
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Precio
Los principales componentes de costos que deben considerarse para estimar el precio mínimo de exportación son:
1. Costos del producto: se debe considerar, no basado en el mercado interno, la cuota de los gastos generales por la empresa, los costos de investigación de adaptación del producto y los costos financieros y variables.
2. Utilidad del productor: precio puesto en Fábrica (Exworks).
3. Distribución física internacional (de acuerdo con el Incoterm convenido):
+ Empaque para la exportación
+ Embalaje para la exportación
+ Transporte interno y hasta el puerto o aeropuerto de embarque
+ Seguro interno
+ Unitarización (consolidación)
+ Costos en puerto o aeropuerto de embarque
+ Costos de intermediación (de agentes)
+ Costos de documentación (certificados, permisos etc.)
+ Eventuales impuestos de exportación
+ Transporte internacional
+ Seguro internacional
+ Costos de manipulación y transporte en país de destino
+ Costos de agente en país de destino
+ Costos administrativos y financieros de la DFI (bancarios, capital inmovilizado durante la DFI)
+ Costos aduaneros, documentarios e impuestos en país de destino
+ Costos financieros de la exportación (intereses sobre prefinanciación, seguro de crédito a la exportación, garantías de cumplimiento de oferta o del contrato)
4. Comercialización: margen o sobre precio del canal de distribución (importador, mayorista y detallista).
5. Incoterms: es importante definir el adecuado uso y aplicación de los términos de comercio internacional Incoterms ya propenden en gran medida por facilitar la gestión de toda operación en comercio internacional. Los Incoterms regulan la entrega de mercancía, transferencia de riesgos, distribución de gastos y trámites documentales, que son cuatro grandes problemas que soporta toda transacción comercial.
Pagos
El exportador tiene libertad para establecer los plazos que va a conceder al comprador del exterior.
Sin embargo, si este plazo es superior a 12 meses contados a partir de la fecha de la declaración de exportación deberá informarlo al Banco de la República, siempre y cuando su monto supere la suma de USD10.000.
Así mismo, el exportador puede establecer negociaciones condicionadas a pagos anticipados por futuras exportaciones, pero debe ser realizarlas dentro de los cuatro meses siguientes a la fecha de canalización de las divisas a través del intermediario financiero.

Dileymy León
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